lunes, 17 de abril de 2017

Enseñanza de la Religión católica e Iglesia (2014). El Tribunal de Estrasburgo confirma que la Iglesia tiene derecho a pedir coherencia a sus profesores. Confirma que puede no renovar a los profesores de religión.



1 Enseñanza de la Religión católica e Iglesia (2014). El Tribunal de Estrasburgo confirma que la Iglesia tiene derecho a pedir coherencia a sus profesores. Confirma que puede no renovar a los profesores de religión. Cfr. El Tribunal de Estrasburgo confirma que puede no renovar a los profesores de Religión - La Iglesia tiene derecho a pedir coherencia a sus profesores Ya es definitivo: el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo ha dado la razón a la Iglesia, en el caso del español José Antonio Fernández Martínez, un ex profesor de Religión católica, sacerdote secularizado y casado civilmente, que participó en un acto público del movimiento Pro Celibato Opcional. La sentencia firme confirma otra del mismo Tribunal, de mayo de 2012, y ratifica el derecho de los obispos a elegir, renovar, o revocar, el contrato de los profesores de Religión y Moral católica, según los docentes demuestren no sólo conocimientos teóricos sobre la materia, sino la asunción personal de la doctrina católica. La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, de Estrasburgo La Iglesia católica, a través de sus obispos, tiene el derecho y la libertad de «elegir a las personas habilitadas para enseñar la doctrina religiosa» en las escuelas, así como de revocar, con plena autonomía, la elección de un profesor de Religión que, por su incoherencia pública con el magisterio de la Iglesia, «rompa el lazo de confianza necesario para llevar a cabo» esa tarea. Así lo ha confirmado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, de Estrasburgo, al ratificar que ni la Iglesia ni el Estado español violaron el Convenio de Derechos Humanos en el caso de José Antonio Fernández Martínez, un sacerdote secularizado, casado por lo civil y con cinco hijos, cuyo contrato como profesor de Religión no fue renovado por el Obispado de Cartagena, en 1997. Entonces, el Obispado le retiró la Declaración Eclesiástica de Idoneidad (DEI) -el aval episcopal para ser profesor de Religión- después de que el docente participase en un acto público del movimiento Pro Celibato Opcional, y se prestase a aparecer en la prensa local, junto a su familia, cargando contra la doctrina católica. o La Justicia avala a los obispos Tras la retirada del DEI, Fernández presentó una demanda ante un juzgado de Murcia, primero, y ante el Tribunal Constitucional, después, y en ambos casos la Justicia dio la razón al Obispado. En noviembre de 2011, el ya ex profesor presentó una demanda ante el Tribunal de Estrasburgo, contra el Obispado y contra el Estado español (pues el Obispado no renovó el contrato ante el Ministerio de Educación), e invocó el Convenio de Derechos Humanos en lo relativo a los derechos al respeto 2 de la vida privada y familiar, a la prohibición de la discriminación, y a la libertad ideológica y de expresión. En mayo de 2012, Estrasburgo volvió a dar la razón a la Iglesia, pero Fernández recurrió la Sentencia ante la Gran Sala, que acaba de pronunciarse, esta vez de forma firme, irrevocable y definitiva. Así, Estrasburgo vuelve a confirmar (por 9 votos a favor y 8 en contra) que la no renovación del contrato perseguía «el fin legítimo de la protección de los derechos y libertades de la Iglesia católica y, en particular, de su autonomía para elegir a las personas habilitadas para enseñar la doctrina religiosa». El fallo explica que, al hacer pública su situación personal de abierta incoherencia con la doctrina católica, y participar en un «acto de protesta» contra las normas eclesiales, el demandante «rompió el lazo de confianza necesario» para su trabajo, y, por eso, «no parece que la autonomía de la Iglesia se haya invocado con abuso», ni que «la decisión del obispo haya sido insuficientemente motivada, arbitraria» o ajena «al ejercicio de la autonomía de la Iglesia católica». José Antonio Méndez www.parroquiasantamonica.com Vida Cristiana

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