lunes, 22 de mayo de 2017
Familia. La figura del acogimiento familiar diversa de la de la adopción. Cuando la familia falla, el mejor sustituto que se puede ofrecer a un niño es otra familia. El acogimiento tiene una naturaleza temporal: el menor sale de su familia y entra en otra hasta que se solucionen los problemas que impiden que sus padres puedan ejercer correctamente la patria potestad. El acogimiento familiar en el mundo.
1 Familia. La figura del acogimiento familiar diversa de la de la adopción. Cuando la familia falla, el mejor sustituto que se puede ofrecer a un niño es otra familia. El acogimiento tiene una naturaleza temporal: el menor sale de su familia y entra en otra hasta que se solucionen los problemas que impiden que sus padres puedan ejercer correctamente la patria potestad. El acogimiento familiar en el mundo. Cfr. Padres que se ofrecen voluntarios cuando otros no pueden cuidar a sus hijos - Acogimiento familiar: para dar un hogar a un niño Álvaro Lucas – Aceprensa – 28 julio 2010 Cuando la familia falla, el mejor sustituto que se puede ofrecer a un niño es otra familia. Es lo que se pretende con la adopción, y también con la figura del acogimiento familiar, que hoy se fomenta como la solución más adecuada cuando unos padres no están en condiciones de hacerse cargo de su hijo pero no quieren renunciar a él y se espera que pueda volver con ellos. Jorge tenía tan sólo dos meses cuando una ambulancia lo trasladó a urgencias debido a una parada respiratoria. La escena en que unos padres esperan angustiados a que el médico les diga que su hijo se encuentra mejor no se produjo en aquel hospital. En su caso, la situación fue más dramática. Una vez ingresado nadie le reclamó y, cuando le dieron el alta médica, los servicios sociales se hicieron cargo de él albergándolo en un centro de acogida. Como Jorge, hay entre 30.000 y 40.000 niños en España (algunas asociaciones han mostrado su preocupación porque se desconocen los datos exactos). Son menores de los que por diferentes razones se tiene que hacer cargo la Administración, porque son abandonados, porque sus padres no los quieren o carecen de los recursos adecuados para sacarlos adelante o tienen problemas graves de adicción a las drogas o al alcohol. En algunos casos son los propios abuelos o tíos quienes se hacen cargo de los niños (acogimiento en familia extensa), pero en otros muchos se recurre al acogimiento en familias sin vínculo de parentesco. De los niños bajo tutela pública en España, unos 19.000 viven con familias de acogida y 14.000 están en residencias gestionadas por los servicios sociales Más de 14.000 de esos niños viven en residencias y centros de los servicios sociales de la Administración, en los que, pese a estar materialmente bien atendidos, no tienen la oportunidad de crecer integrados dentro del ambiente familiar propio de un hogar con padres y hermanos. Otros 19.000 han sido acogidos por familias, bien con carácter provisional hasta una fecha concreta, bien con carácter permanente, sin un límite temporal especificado previamente. De los niños que entran nuevos en el sistema, tres de cada cuatro van a una residencia, según los datos del último Boletín Estadístico de Protección a la Infancia, elaborado con cifras de 2006. Ese año hubo 10.621 altas en acogimiento residencial y tan sólo 3.399 en familias de acogida. Uno de ellos fue Jorge, a quien después de seis meses en un hogar de los servicios sociales sin ser reclamado por ningún pariente, se le asignó una familia de acogida. o Gente que quiere ayudar Quique es piloto comercial y Ana trabaja en casa. Cuando acogieron a Jorge tenían tres hijos: Paula (7), Nacho (5) e Irene (3). La motivación de alguien que está dispuesto a acoger a un niño en su familia es únicamente la de ayudar, porque el objetivo inicial es darle la posibilidad de volver con sus padres una vez que se han solucionado los problemas que causaron la separación. “Es lo primero que te explican cuando solicitas la idoneidad para acoger a un niño en tu hogar”, afirma Ana. “Siempre nos habíamos planteado ayudar a alguien de verdad, con una implicación mayor que la que supone dar un donativo”. Esta motivación se reforzó cuando, a través de un amigo que se dedicaba a estos temas, conocieron la fórmula del acogimiento e hicieron el curso de formación que se exige para ser declarado idóneo. “En realidad no lo hablamos mucho. Tomamos la decisión juntos y fuimos a informarnos a dos asociaciones con las que trabaja nuestra comunidad autónoma”. La metodología es sencilla aunque lleva su tiempo. Primero se cita a los padres solicitantes a una entrevista exhaustiva con un psicólogo y luego, en dos 2 ocasiones, con un asistente social. Por otro lado, se les invita a participar en lo que se denomina un “grupo mixto”: encuentro en el que un matrimonio con conocimientos en el ámbito de la acogida explica a los padres candidatos su experiencia personal. En la primera solicitud se rellena un cuestionario en el que además de los propios datos personales, se puede especificar un poco más las características del niño que se solicita acoger: edad, número (cuando se trata de hermanos), raza, dificultades físicas, sensoriales o psíquicas. En ese mismo documento se especifica el tipo de acogida en la que se desea participar: temporal, sin previsión de retorno o con características especiales. Reunir toda la documentación resulta un tanto laborioso. “No es difícil, pero es lo más arduo por el tiempo que supone. Por mi horario de trabajo no me afectó mucho, pero entiendo que a una persona con un horario laboral normal le resulte más complicado”, dice Quique. El acogimiento familiar da a los niños la oportunidad de vivir en el ambiente propio de un hogar, con padre y hermanos El proceso completo para un caso normal, como era el de Jorge, no suele demorarse mucho. “Hicimos los trámites un mes de enero, en abril nos confirmaron la idoneidad y en julio nos comunicaron que tenían un niño de ocho meses que encajaba con el perfil que habíamos descrito en la solicitud”. o Del centro de menores a un hogar Después de escoger unos padres adecuados para el niño, viene otro paso importante: la transición entre el centro y la familia de acogida. Aunque la custodia del niño ya se haya otorgado a unos padres, existe un protocolo de acogimiento gradual. “El primer día ves al niño en una sala durante un rato pero no lo puedes ni coger. Está en los brazos de una cuidadora durante todo el tiempo”, explica Ana. A la visita inicial sigue una semana de tardes y algún día entero en que los padres de acogida pueden llevárselo a casa para ir introduciéndolo en el hogar. El quinto día ya se queda a dormir por primera vez con su familia de acogida. “La reacción de los niños fue espectacular. De hecho ellos son los que convivieron con él desde el principio con la mayor naturalidad, hasta el punto de que Paula –por aquel entonces con 7 años– me preguntó un día por qué mi madre (su abuela) llamaba a Jorge su nieto ‘postizo’, que a ver si nos poníamos de acuerdo en si era su hermano o no. Curiosamente, mi madre –explica Ana– tiene 27 nietos y en su cartera sólo guarda una fotografía de Jorge”. En las asociaciones que trabajan los programas de acogida se aconseja a los padres que sean francos con los niños. “Desde el principio, nosotros siempre le hemos explicado a Jorge que él no vino como los demás. Cuando pasamos por el hospital donde nació nuestra hija Paula y lo recordamos, Jorge siempre nos pregunta ‘¿Y yo? ¿Dónde nací yo?’ A veces se dirige a alguno de sus hermanos y para explicar su condición particular le dice: ‘Yo soy raptado’”. o El regreso a casa El acogimiento tiene una naturaleza temporal: el menor sale de su familia y entra en otra hasta que se solucionen los problemas que impiden que sus padres puedan ejercer correctamente la patria potestad. “Un problema importante es determinar cuándo se han solucionado estos problemas en los padres (toxicomanía, alcoholismo, prostitución, enfermedades psíquicas, malos tratos, abusos...), ya que cuanto más tiempo pase el menor con la nueva familia, más complicado será el retorno a su núcleo originario”, explica Francisco Javier García Rull, antiguo fiscal de Protección de Menores en Málaga. “Las distintas administraciones autonómicas, que son las competentes en materia de protección de menores, tienen claro, porque así lo dice la ley, que debe evitarse la institucionalización del menor en los centros de acogida. Lo que pasa es que los problemas son de los más variados: no es lo mismo acoger a un chaval de 4 años que a uno de 14, se busca siempre que los hermanos sean acogidos por la misma familia y a veces esto no es fácil, etc.”, afirma García Rull. Con el texto de la Ley de Adopciones Internacionales de 2007 se aprovechó para poner límites a los derechos de las familias naturales. Ahora el plazo para pedir que se anule la declaración de desamparo del menor y que este regrese con ellos se limita a dos años. Una vez pasado este tiempo, decae el derecho de los padres y el niño podrá regresar con ellos sólo si la Administración estima que es la mejor solución. Dice García Rull: “El acogimiento es la mejor solución para las madres, sobre todo menores de edad, que recurren al aborto porque su hijo les va a causar innumerables problemas y no están en condiciones de cuidarlo. La adopción muchas veces, o todas, es traumática para la madre, que pierde para siempre el 3 contacto con su hijo, mientras que en el acogimiento, bien con parientes cercanos o bien con otras personas, el menor estará perfectamente atendido hasta que su madre se encuentre en condiciones de ocuparse de él”. o Posible vía a la adopción En algunos casos, como el de Jorge, la acogida con carácter permanente puede constituir la fase previa de una adopción. “Aunque nuestra idea inicial era únicamente la de ayudar, cuatro años después nuestra motivación ha cambiado y hemos solicitado formalmente la adopción. Jorge está perfectamente integrado en la convivencia familiar, incluso tiene una ‘hermana’ pequeña, Icíar, que tiene dos años”, dice Quique. “Que nadie haya reclamado a Jorge en cuatro años que lleva en el programa de acogida es una señal inequívoca de que su futuro está en nuestras manos”, concluye Ana. Otra cuestión clave para lograr una mayor fluidez en los procesos de acogida y adopción es solucionar el problema de las enormes diferencias que existen entre las diferentes comunidades autónomas. Si la legislación es la misma para todos, la Ley de Protección Jurídica del Menor de 1996, no debería haber tantos problemas para que un niño fuera acogido por alguien de una comunidad distinta a aquella que ostenta su tutela. Conscientes de que algo falla, el senado ha creado una Comisión para favorecer los acogimientos y las adopciones. Este año han empezado a comparecer en la Cámara Alta los principales expertos en temas relacionados con los menores para poder hacer los cambios legales necesarios antes de que acabe la legislatura. El futuro de miles de menores dependerá seguramente de esta Comisión. El acogimiento familiar en el mundo En Estados Unidos hay en torno a 700.000 niños tutelados por los poderes públicos, de los cuales alrededor de medio millón participa en programas de de acogida: un 24% están con otros parientes y un 46%, con familias sin vínculo de parentesco. El 10% todavía vive en un centro de acogida, el 7% en hogares de grupo y un 3% en hogares preadoptivos. En el 49% de los casos se logra el objetivo de la reunificación familiar. De los que vuelven con sus familias, casi la mitad no ha necesitado estar en el programa de acogida ni un año. De la efectividad de este tipo de programas podría deducirse que la demanda se reduce, pero nada más lejos de la realidad. En Estados Unidos aumenta porque en los últimos años alrededor de 289.000 niños dejaron sus familias de acogida, y se incorporaron al programa 303.000 niños nuevos. En el Reino Unido hay más de 70.000 niños en situación de desamparo, pero casi 54.000 (77%) viven en 45.000 familias de acogida. Los demás son casi todos chicos con problemas de conducta que necesitan algún tipo de tratamiento médico. Las razones por las que el Estado se ve obligado a acoger a los niños son malos tratos por parte de sus padres (48% de los casos), alguna disfunción familiar (13%), conflictos familiares graves (11%), porque los padres están muy enfermos o incapacitados (7%), la conducta social inaceptable del propio menor (6%), porque el niño tiene alguna minusvalía (3%) y excepcionalmente por razones económicas (0,3%). En Francia 150.000 menores estaban tutelados por el Estado en 2008, de los cuales más de 65.000 vivían en familias de acogida. Algunos informes recientes destacan el aislamiento social de muchas familias entre los factores que eleva el número de menores en riesgo. Durante muchos años la pobreza de los padres había sido el factor dominante (6 de cada 10 menores). Sin embargo, el aislamiento social de las familias está llegando a ser más importante porque aumenta su vulnerabilidad e inseguridad. En Alemania había en 2007 casi 120.000 menores tutelados por el Estado, de los cuales 50.000 vivían en familias de acogida. Entre las causas más frecuentes las estadísticas federales subrayan la negligencia de los padres. En Italia más 30.000 niños estaban bajo la tutela del Estado en 2007, de los cuales casi 17.000 vivían con familias de acogida. Las causas más frecuentes que motivan la tutela pública son en un alto porcentaje la pobreza, los malos ratos y la ruptura de los matrimonios. Artículos relacionados ■El peligro del intervencionismo estatal Álvaro Lucas (28 Julio 10) www.parroquiasantamonica.com
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