jueves, 2 de febrero de 2017
Aborto (2014). Europa está dividida ante el aborto. En la UE la regulación del aborto es competencia de los Estados miembros, y no de la legislación comunitaria. Así lo ha recordado recientemente el Parlamento Europeo al rechazar el proyecto Estrela (del nombre de la diputada portuguesa que lo impulsaba), que pretendía garantizar el derecho de las mujeres a un aborto legal. La propuesta alternativa presentada por populares, conservadores y reformistas, que fue aprobada, reafirma la competencia de los Estados miembros en cuanto tenga que ver con ese ámbito: por tanto, excluye cualquier orientación comunitaria de obligado cumplimiento (cfr. Aceprensa, 12-12-2013).
1 Aborto (2014). Europa está dividida ante el aborto. En la UE la regulación del aborto es competencia de los Estados miembros, y no de la legislación comunitaria. Así lo ha recordado recientemente el Parlamento Europeo al rechazar el proyecto Estrela (del nombre de la diputada portuguesa que lo impulsaba), que pretendía garantizar el derecho de las mujeres a un aborto legal. La propuesta alternativa presentada por populares, conservadores y reformistas, que fue aprobada, reafirma la competencia de los Estados miembros en cuanto tenga que ver con ese ámbito: por tanto, excluye cualquier orientación comunitaria de obligado cumplimiento (cfr. Aceprensa, 12-12-2013). Cfr. Los matices son variados, y grande la brecha entre los textos y la práctica – Europa dividida ante el aborto. Aceprensa - JUAN MESEGUER - 3.FEB.2014 Los contrarios a la reforma de la ley del aborto propuesta por el gobierno español están apelando a “lo que se hace en Europa” para respaldar sus críticas. A juzgar por lo que dicen, da la impresión de que en la UE el aborto a petición es un derecho en cualquier país. Pero la realidad es que tanto las legislaciones como los ciudadanos europeos están divididos en este asunto. Una versión de este artículo se publicó en el servicio impreso 10/14 En la UE la regulación del aborto es competencia de los Estados miembros, y no de la legislación comunitaria. Así lo ha recordado recientemente el Parlamento Europeo al rechazar el proyecto Estrela (del nombre de la diputada portuguesa que lo impulsaba), que pretendía garantizar el derecho de las mujeres a un aborto legal. La propuesta alternativa presentada por populares, conservadores y reformistas, que fue aprobada, reafirma la competencia de los Estados miembros en cuanto tenga que ver con ese ámbito: por tanto, excluye cualquier orientación comunitaria de obligado cumplimiento (cfr. Aceprensa, 12-12-2013). Después de años, la cuestión del aborto sigue dividendo a los europeos, como revelan dos encuestas de la Fundación BBVA (cfr. Aceprensa, 23-12-2008 y 19-06-2013). La última de ellas, basada en entrevistas a 15.000 personas de diez países de Europa, muestra que el aborto es rechazado en Polonia (media de aceptación de 3,6 en una escala de 0 a 10), Italia (4,7) y Alemania (4,7); es aceptado en Suecia (8,2), Dinamarca (8,2), Francia (6,6), Países Bajos (6,4) y República Checa (6); y suscita más desacuerdo en el resto de países, entre los que se encuentra España (5). La regulación del aborto sigue siendo una prerrogativa nacional Tampoco hay que olvidar que una de las limitaciones previstas en la reforma del gobierno del Partido Popular (PP) –la presencia de anomalías en el feto no justifica automáticamente el aborto– se basa en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006), vinculante para los 139 países que la han ratificado; entre ellos, la Unión Europea –como entidad propia–, España y casi todos los demás países europeos. En septiembre de 2011, el Comité hizo una advertencia a España a propósito de la ley de 2010: “España debería abolir la distinción que hace la ley 2/2010 con respecto al plazo permitido para abortar, basada solo en la discapacidad”. o Legislaciones variadas Seguramente, lo más relevante para juzgar la permisividad de una ley del aborto es ver si reconoce o no el aborto libre durante un período del embarazo, sin necesidad de alegar causa alguna. Las leyes más extremistas dan un paso más y establecen que ese “derecho” sea financiado con dinero público. 2 Esto es lo que permitió la ley de 2010, que situó a España entre los países más permisivos de Europa: del régimen de indicaciones de 1985 (peligro para la madre, malformaciones del feto, violación) pasó a otro de plazos: ahora se puede abortar sin invocar motivo hasta la semana 14, por riesgo para la salud de la madre o anomalías del feto hasta la semana 22, y sin límite de tiempo si este tiene una enfermedad grave e incurable. En Europa, los países que permiten el aborto libre durante más semanas del embarazo son: Holanda (24); Suecia (18); España, Francia y Rumanía (14); e Italia (13). La mayoría fijan el plazo en 12 semanas: Bélgica, Austria, República Checa, Lituania, Letonia, Hungría, Grecia, Estonia, Eslovaquia, Dinamarca, Bulgaria, Noruega, Rusia… Otros tres lo ponen en 10 semanas: Portugal, Eslovenia y Turquía. Las legislaciones oscilan entre la ley de plazos y las más restrictivas que solo reconocen supuestos concretos En otros países de Europa, el aborto no es libre pero está permitido en determinados supuestos. Es el caso de Finlandia, Luxemburgo, Chipre, Polonia, Irlanda o, en teoría, Reino Unido. En función del supuesto, existe un límite temporal para poder practicar el aborto o ninguno, por lo que puede realizarse en cualquier momento del embarazo. Dentro de este bloque de países, los supuestos más habituales son: peligro para la vida de la madre o su salud y violación. Otros razones son: problemas socioeconómicos (Reino Unido, Finlandia, Luxemburgo, y Chipre); incesto (Polonia); amenaza de suicidio (Irlanda); malformaciones del feto (Reino Unido, Finlandia y Chipre). Un caso particular es el de Alemania, que combina el sistema de plazos (aborto libre hasta las 12 semanas) con el de indicaciones. No obstante, las cautelas previstas en la ley alemana (información y asesoramiento orientado a proteger al no nacido, período de reflexión…) atempera la idea del aborto libre. Finalmente, el aborto está prohibido en Malta y Andorra. Para evitar que ninguna regulación comunitaria le obligue a legalizar el aborto, Malta introdujo una cláusula provida al tratado de adhesión del país a la UE. También lo hicieron Polonia e Irlanda (cfr. Aceprensa, 19-02-2003). o Lo que dicen las leyes… y la práctica Para juzgar si una ley del aborto es laxa o restrictiva, no basta con mirar la letra de la ley: también hay que tener en cuenta lo que permite en la práctica el texto legal. La Abortion Act de 1967, vigente en Reino Unido, permite el aborto hasta las 24 semanas del embarazo si hay riesgo para la salud física o psíquica de la madre o problemas socioeconómicos, y sin límite temporal en caso de grave riesgo o malformaciones del feto. La ley impulsada por el gobierno socialista situó a España entre los países europeos más permisivos con el aborto En teoría, dos médicos deben evaluar si verdaderamente hay un riesgo para la salud de la madre. Pero este requisito es papel mojado. Según datos proporcionados a raíz de una pregunta del parlamentario Edward Leigh, en el 54% de los casos el médico ni tan siquiera ve a la mujer, que solo se entrevista con una enfermera. El médico firma la autorización a ciegas. Según las estadísticas oficiales, en 2012 hubo 185.122 abortos en Inglaterra y Gales, y 12.447 en Escocia. También en Francia –donde hay unos 210.000 abortos anuales– se da por sentado que la práctica llega más lejos que lo permitido por la ley. Para suprimir esa distancia, la Asamblea Nacional acaba de aprobar un cambio en la ley del aborto de 1975, después de un debate apasionado. Mientras que 3 la ley de 1975 permitía el aborto a “la mujer embarazada a la que su estado pone en situación de angustia” (détresse), la nueva formulación reconoce “el derecho de las mujeres a proseguir o no su embarazo”. El cambio tiene sobre todo un alcance simbólico. o La extremista reforma de 2010 El problema de la brecha entre lo que dice el texto legal y la práctica también es conocido en España. De hecho, uno de los cambios más importantes de la nueva reforma es que pretende hacer cumplir lo que dice la ley. Para evitar que el riesgo para la salud psíquica de la madre siga siendo el coladero que institucionalizó la ley de 1985 (cfr. Aceprensa, 3-12-2008), ahora se exige que el grave peligro lo acrediten dos médicos ajenos al centro donde se vaya a realizar el aborto. La reforma de 2010 no tomó medidas contra el fraude de ley. Por lo que, en la práctica, el riesgo para la salud de la madre podía seguir utilizándose como un subterfugio para el aborto a petición hasta las 22 semanas del embarazo. Lo que de hecho situaba a España en la posición más extremista, solo superada por Holanda (cfr. Aceprensa, 7-10-2009). o Hay más garantías legales en Europa Que España se alejó de Europa con la ley del aborto de 2010 lo muestra también la falta de garantías que son habituales en otras legislaciones europeas. — El anteproyecto del gobierno del PP establece un período de reflexión de siete días (frente a los tres de ahora) antes de someterse al aborto. Países tan laxos con el aborto como Holanda, Bélgica o Francia establecen un tiempo de cinco, seis y siete días, respectivamente. Luxemburgo e Italia, de siete. Alemania y Hungría, de tres. — Es habitual que las legislaciones exijan que se informe a las mujeres sobre las alternativas al aborto. Así ocurre en Bélgica, Francia, Holanda, Alemania, Italia, Luxemburgo o Suecia. En Alemania también se debe informar sobre el derecho a la vida del embrión, del mismo modo que la nueva reforma española exige explicar que la vida del no nacido es un bien jurídico protegido por la Constitución. — Varios países exigen cierta intervención de los padres o tutores (consentimiento o notificación) cuando la embarazada es menor de edad: Grecia, Estonia, Portugal, Dinamarca… Otros dicen expresamente que no hace falta, como Finlandia, Reino Unido, República Checa o España con la ley de 2010. Y en los que no se menciona esta cuestión, hay que entender que rige la regulación general sobre mayoría de edad, por lo que las menores deben contar con autorización de los padres o tutores. — Noruega y Suecia son los únicos países europeos que no reconocen la objeción de conciencia ante el aborto. Pero la nueva reforma que ha presentado el gobierno noruego va a permitir objetar a los médicos de familia. Entre los demás países, el grado de protección varía. La ley española de 2010 solo reconoce ese derecho a los médicos que intervienen directamente en el aborto. Pero el anteproyecto del PP lo extiende a todo el personal sanitario: enfermeros, médicos de familia, asistentes sociales… — Para evitar el fraude de ley, varios países exigen que uno o más médicos certifiquen que se cumplen los supuestos relacionados con la salud. Las fórmulas son variadas: en Grecia y Luxemburgo es un médico ajeno a la intervención; en Bélgica y, teóricamente, en Reino Unido, dos 4 médicos; en Dinamarca, el director del centro donde se va a practicar el aborto y dos médicos; en Finlandia, uno o más médicos según la semana de embarazo y con la autorización del comité médico estatal; Suecia también exige el visto bueno de un comité nacional en los casos más avanzados. www.parroquiasantamonica.com Vida Cristiana
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